Cuando se rompe el vínculo matrimonial y se regula el divorcio o la ruptura de pareja de hecho, normalmente, si existen hijos en común, suele acordarse la custodia a favor de la madre, no obstante, este despacho, ACE GIRONA ADVOCATS, en los últimos tiempos ha venido experimentando un cambio de tendencia en los jueces al pronunciarse en sus sentencias sobre la custodia compartida, por lo que parece que cada vez más se está notando un cambio notorio al regularse   la custodia compartida de los progenitores en los divorcios cuando se dan las circunstancias.

Según el Código Civil, la custodia compartida (asunción por parte del padre y la madre de la responsabilidad sobre todo lo que concierna a los hijos comunes tras su separación), sólo se dará en caso de “acuerdo entre los progenitores acordado antes del proceso o durante el mismo”, o “excepcionalmente” cuando la acuerde “el juez, a instancia de una de las partes, fundamentando que sólo de esta forma se protege el interés superior del menor”.

En el adverbio “excepcionalmente” radica uno de los motivos que han arrinconado esta figura legal a lo largo de los años, lo que no está tan claro es el motivo por el que la Justicia ha preferido, en la mayoría de los casos, decantarse por la madre a la hora de conceder la custodia en exclusiva.

En los últimos tiempos, sin embargo, proliferan algunas sentencias a favor de la custodia compartida que podrían indicar un cambio de tendencia. Fuentes judiciales afirman que en el último año varios jueces se han decantado por esta figura legal a la hora de resolver el conflicto de los padres separados sobre sus hijos, despojándola, por tanto, de su carácter de excepcionalidad. Entre los letrados, en muchos casos, se comienza a dejar de considerar la custodia compartida como una batalla perdida y, por tanto, ya no la presentan como tal a sus clientes; más bien al contrario, les animan a solicitarla. Algunos abogados perciben un “cambio de actitud” en sus clientas, que rechazan la idea de que el hijo es sólo de ellas y valoran favorablemente la figura paterna.

Noticia: Elpais.com

 Abogados en Girona, Advocats a Girona

Cuando se rompe el vínculo matrimonial y se regula el divorcio o la ruptura de pareja de hecho, normalmente, si existen hijos en común, suele acordarse la custodia a favor de la madre, no obstante, este despacho, ACE GIRONA ADVOCATS, en los últimos tiempos ha venido experimentando un cambio de tendencia en los jueces al pronunciarse en sus sentencias sobre la custodia compartida, por lo que parece que cada vez más se está notando un cambio notorio al regularse   la custodia compartida de los progenitores en los divorcios cuando se dan las circunstancias.

Según el Código Civil, la custodia compartida (asunción por parte del padre y la madre de la responsabilidad sobre todo lo que concierna a los hijos comunes tras su separación), sólo se dará en caso de “acuerdo entre los progenitores acordado antes del proceso o durante el mismo”, o “excepcionalmente” cuando la acuerde “el juez, a instancia de una de las partes, fundamentando que sólo de esta forma se protege el interés superior del menor”.

En el adverbio “excepcionalmente” radica uno de los motivos que han arrinconado esta figura legal a lo largo de los años, lo que no está tan claro es el motivo por el que la Justicia ha preferido, en la mayoría de los casos, decantarse por la madre a la hora de conceder la custodia en exclusiva.

En los últimos tiempos, sin embargo, proliferan algunas sentencias a favor de la custodia compartida que podrían indicar un cambio de tendencia. Fuentes judiciales afirman que en el último año varios jueces se han decantado por esta figura legal a la hora de resolver el conflicto de los padres separados sobre sus hijos, despojándola, por tanto, de su carácter de excepcionalidad. Entre los letrados, en muchos casos, se comienza a dejar de considerar la custodia compartida como una batalla perdida y, por tanto, ya no la presentan como tal a sus clientes; más bien al contrario, les animan a solicitarla. Algunos abogados perciben un “cambio de actitud” en sus clientas, que rechazan la idea de que el hijo es sólo de ellas y valoran favorablemente la figura paterna.

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